En el marco de una demanda de posesión veinteañal, la jueza de primera instancia en lo Civil y Comercial 1 de Tartagal, Griselda Beatriz Nieto, decidió habilitar el periodo excepcional de prestación de servicio de justicia dispuesto por la Acordada 13169 para el Distrito Tartagal.
Esta decisión tiene como objetivo disponer la medida cautelar de anotación de litis en la cédula parcelaria del inmueble, y también la colocación de cartel visible en el inmueble en cuestión con los datos del juicio que deberá mantenerse durante todo el proceso, en medidas de dos metros por un metro y medio.
En el cartel se dejará constancia del proceso. Para ello deberá contener la carátula, número de expediente, fecha de interposición de la demanda, juzgado interviniente. Deberá ser colocado en lugar visible del inmueble y, en el caso de tener un camino de acceso, en la entrada de dicho camino.