Con la sanción de una Ordenanza se dispuso adherir tanto a la Ley Nacional N° 27.665 que declara al montañismo actividad de interés deportivo, cultural y socio recreativo, como a la Ley Provincial N° 8.313 de adhesión a dicha norma. La iniciativa elaborada por la concejala Inés Bennassar (UPS) consigna en su articulado las acciones que deberá impulsar el Ejecutivo Municipal a los fines de dar correcto cumplimiento a lo establecido, las que incluye firmas de convenios con asociaciones o entidades vinculadas a las actividades de montaña.
Al momento de justificar la propuesta, Bennassar puso de relieve la importancia de realizar actividades deportivas, señalando que “beneficia la salud mental y física”. Además, y al hacer hincapié en la práctica del montañismo explicó que “ayuda a conectar con la naturaleza y motiva y estimula a la sociabilización”.
En el texto de la Ordenanza también se establece que el Departamento Ejecutivo Municipal deberá garantizar la prestación de los servicios de limpieza pública y gestión de residuos municipales a través de personal municipal o prestadores tercerizados del servicio. Esto a efectos de afianzar las condiciones adecuadas de limpieza y realizar las tareas necesarias para el mantenimiento de los senderos conforme lo establecido en la Leyes Nacional N° 27.665 y Provincial N° 8.313, cuidando que el impacto ambiental sea el menor posible.
La iniciativa sancionada por el Cuerpo llegó al Recinto con el visto bueno de la Comisión de Legislación General.