En sesión especial del Concejo Deliberante de la Ciudad de Salta, los ediles también tomaron resoluciones en relación a la pandemia de COVID-19. Entre ellas, una referida a la actividad legislativa, decidió suspender las reuniones de Comisión y Sesiones Ordinarias.
Con la presencia de veinte concejales se aprobó en primera instancia y por unanimidad el proyecto de ordenanza de adhesión al Decreto Provincial 250/2020 mediante el cual y en carácter de Necesidad y Urgencia se declara la Emergencia Sanitaria en la Provincia. Además se suspendieron las actividades hasta el mes de abril.
En el texto de la iniciativa se establece crear un Comité de Emergencia, con la finalidad de trabajar y realizar un seguimiento de la problemática.
El mismo deberá estar integrado por representantes del Departamento Ejecutivo Municipal, a designar por la señora Intendenta, y dos concejales elegidos por sus pares, no percibiendo retribución alguna por las tareas a desempeñar.
Pudiendo invitar a integrar a personas o representantes de organismo e instituciones públicas o privadas. Además, se establece que las funciones del Comité serán realizar y proponer, al Departamento Ejecutivo Municipal, Tribunal de Cuentas Municipal, Tribunal Administrativo de Faltas y el Concejo Deliberante, en el ámbito de sus competencias, acciones de prevención, asistencia y control del estado de emergencia sanitaria. Se consigna además que tendrá que remitir un informe quincenal a la institución legislativa municipal.
Se consigna en el texto que el Ejecutivo Municipal deberá difundir en medios masivos de comunicación y a través de espacios publicitarios, las medidas que se adopten y toda otra noticia con el fin de mantener informada a la comunidad.
Se prevé de esta manera que cada ente de la administración pública municipal, centralizada y descentralizada implemente un protocolo, previendo un sistema de horarios rotativos, a los fines de asegurar su atención y funcionamiento, evitando congestionamiento de personas.
En otro de los apartados se establece autorizar al DEM, previa consulta al Comité de Emergencia, a disponer el cierre temporario o reducción de capacidad de comercios o establecimientos determinados en la Ordenanza N° 15292 - Habilitaciones e Inspecciones de la Ciudad de Salta-, tales como confiterías, establecimiento bailables, bares, salones de fiestas y/o cualquier otros de acceso público en general que funcione en espacios cerrados y/o abiertos, con el objeto de evitar la propagación del COVID-19 (coronavirus). Como así también establecer las sanciones establecidas en las Ordenanzas previstas.
Medidas de prevención
En otra resolución, los ediles adhirieron a la serie de medidas de prevención establecidas en el Decreto de Necesidad y Urgencia provincial.
En ella se consigna que sólo tendrán acceso al edificio, aquellas personas que necesiten entregar documentación en Mesa de Entrada previo registro.
En cuanto a la actividad legislativa, se suspenden las reuniones de Comisión y Sesiones Ordinarias. Facultando al presidente del Concejo Deliberante a convocar a Sesiones en caso de que lo considere pertinente.