El Ministerio de Trabajo estableció el plazo para la inscripción al Programa de Recuperación Productiva II (Repro II) para el período correspondiente a los salarios devengados durante este mes, el cual estará comprendido entre el 26 de abril y 3 de mayo próximo.
Lo hizo a través de la resolución 206/2021 publicada ayer en el Boletín Oficial, que determinó las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección, respecto de las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al Repro II.
Los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación son marzo de 2019 y de 2021, pero no se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1 de enero de 2019.
El mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia es marzo último.
La resolución fijó también para el periodo del 26 de abril al 3 de mayo, la inscripción al Programa de Asistencia de Emergencia al Sector Gastronómico Independiente.