La Sala I del Tribunal de Impugnación confirmó la condena impuesta a M.N.P. por la Sala II del Tribunal de Juicio de Orán. Confirmó en esta línea la pena de cuatro años y cuatro meses de prisión.
Con voto de los jueces Luciano Martini y Ramón Medina, el Tribunal de Impugnación ratificó la condena impuesta a M.N.P. tras considerar que el cuadro probatorio expuesto, valorado conforme las reglas de la sana crítica racional, impone concluir que se encuentra acreditado que bajo la modalidad conocida como motochorro, uno de los acusados, sustrajo a la víctima, con el uso de un cuchillo un reloj, para luego subirse en el rodado.
En la motocicleta estaba M.P.N. para darse a la fuga, la cual fue frustrada por el inmediato accionar de las fuerzas de seguridad. Sostuvieron los jueces que se alcanzó una reconstrucción certera con el grado de convicción exigido para fundar debidamente la condena de cuatro años y cuatro meses impuesta.