En enero de este año, Jorge Antonio Pereyra (33) se presentó a la madrugada en la casa de su expareja, portando un arma de fuego y bajo los efectos de sustancias estupefacientes. Golpeó la puerta con insistencia exigiéndole a la denunciante que le abriera porque quería hablar con ella. Asustada, la mujer se negó y el imputado se puso agresivo y, agitando el arma, le gritó que no quería verla con otro hombre.
La damnificada refirió que pensó que la pistola era de juguete, pero igualmente llamó al Sistema de Emergencia 911. Ante esto, Pereyra se retiró del lugar pero fue detenido poco después, cuando vecinos alertaron acerca de la presencia de un individuo que circulaba por inmediaciones de barrio Círculo 1, consumiendo bebidas alcohólicas y portando un arma de fuego.
Al momento de su detención, Pereyra tenía en su poder una pistola calibre 11,25, plateada, con el número de serie limado, sin cargador.
En un procedimiento abreviado llevado a cabo ayer en la Sala IV del Tribunal de Juicio, la jueza Norma Beatriz Vera condenó a José Antonio Pereyra a la pena de tres años de prisión condicional por los delitos de coacción, coacción con arma, tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil condicional (guerra) sin la debida autorización y supresión de numeración de objeto registrable, todo en concurso real.
Según consta en la causa, la denunciante refirió que meses antes del hecho antes narrado, Pereyra la había llamado al teléfono celular de su madre para avisarle que había vendido la moto y que con ese dinero se había comprado un arma (“fierro”) con la cual la iba a “cagar matando”. “Yo no voy a dejar que estés con nadie. Si esta noche vas al casamiento de tu hermana se va a pudrir todo. Si me querés ver loco me vas a ver loco”, le había advertido. En esa oportunidad, la madre de la damnificada, que escuchó toda la conversación porque el teléfono estaba en altavoz, también resultó amenazada. Pereyra le dijo: “¿Entendió lo que le voy a hacer a su hija? Ya estoy cansado. Ya tengo el arma para meterme un tiro”.
La denunciante señaló que al momento de este hecho ya llevaba dos años separada del imputado.
La jueza ordenó la libertad del condenado por la modalidad de la pena dictada y le impuso reglas de conducta que deberá cumplir estrictamente para conservar la prisión en suspenso. Entre esas obligaciones figura la prohibición de acercamiento a la denunciante, a su domicilio, a su grupo familiar y a los lugares que ella frecuente; prohibición de ejercer actos de violencia física o psíquica en su contra y la obligación de hacer tratamiento psicológico por su adicción al alcohol y a las sustancias estupefacientes, entre otras reglas.