Los jueces de la Sala II del Tribunal de Juicio de Orán María Laura Toledo Zamora, Héctor Fabián Fayos y Raúl Fernando López dictaron hoy la sentencia en el juicio por el homicidio de Raúl Fernando Martínez, hecho cometido el 6 de mayo de 2017 y la tentativa de homicidio en perjuicio de Ricardo Adrián Gerónimo ocurrido el 1 de mayo de ese año, en las calles de San Ramón de la Nueva Orán.
En ese sentido, Ricardo Raúl Rojas, alias “Coya”, fue condenado a la pena de prisión perpetua por ser coautor del delito de tentativa de homicidio doblemente calificado por promesa remuneratoria y con el concurso premeditado de dos o más personas y agravado por la utilización de arma de fuego en perjuicio de Gerónimo; y por homicidio doblemente calificado por promesa remuneratoria y por el uso de arma de fuego en perjuicio de Martínez. Además deberá pagar la multa por el monto de 90 mil pesos.
José Martín Castillo, alias “Pájaro” fue condenado a la pena de prisión perpetua y pago de la multa por la suma de 90 mil pesos, como coautor del delito de homicidio doblemente calificado por promesa remuneratoria y por el uso de arma de fuego en perjuicio de Martínez.
Norberto Roque Mendoza y Enzo Javier Quiroga, fueron condenados como coautores del delitos de tentativa de homicidio doblemente calificado por promesa remuneratoria y con el concurso premeditado de dos o más personas y agravado por la utilización de arma de fuego en perjuicio de Gerónimo, a la pena de diecinueve años de prisión efectiva y pago de una multa de 90 mil pesos.
Quiroga, por su parte, fue declarado reincidente por tercera vez.
En cuanto a Matías Francisco Sarmiento, los jueces lo condenaron a la pena de quince años de prisión y pago de la multa por el monto de 60 mil pesos, por ser partícipe necesario del delito de tentativa de homicidio doblemente calificado por promesa remuneratoria y con el concurso premeditado de dos o más personas y agravado por la utilización de arma de fuego en perjuicio de Gerónimo.
Finalmente, Daniela Fernanda Liborio y Alejandra Beatriz Núñez fueron absueltas del delito por el que llegaron acusadas al juicio por haber sido retirada la acusación fiscal al momento de los alegatos. Ambas recuperaron su libertad una vez finalizada la audiencia.
Una vez firme la sentencia, los condenados serán inscriptos en el Banco de Datos Genéticos, según lo ordena la normativa vigente.