En un juicio abreviado llevado a cabo en la Sala VII, Ariel Conrado Salazar (45) fue condenado a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional por el delito de abuso sexual simple agravado por la guarda.
El imputado fue denunciado por la madre de la menor víctima, que al momento de los hechos tenía ocho años de edad.
La mujer refirió que su hija concurría a la casa de Salazar dos veces por semana porque la esposa del acusado le daba clases de apoyo escolar. En una oportunidad, el imputado le dijo a la niña que fuera a ver tele con él mientras su pareja se encontraba en el baño. Allí fue cuando la besó y la sometió a tocamientos impúdicos.
La víctima le contó el episodio a su madre casi seis años después y fue entonces que se radicó la denuncia.
En el juicio abreviado presidido por el juez interino Javier Aranibar, Salazar dijo estar conforme con lo acordado entre las partes y reconoció ser autor de los hechos por los que fue denunciado.
Para conservar la prisión en suspenso, el imputado deberá evitar acercarse a la víctima, a su domicilio, domicilios de familiares y lugares donde ella lleve a cabo sus actividades diarias en un radio de 300 metros. También tiene prohibido mantener cualquier tipo de contacto con la damnificada. Y le ordenaron hacer tratamiento psicológico por el tiempo que un profesional determine, acreditando el cumplimiento de esta medida mediante la presentación de las constancias correspondientes. Todo ello, durante dos años.
El juez ordenó finalmente que se le realice al condenado un examen genético (ADN) para su incorporación al Banco de Datos Genéticos, previa asignación del DUIG por el Registro provincial de condenados vinculados a delitos contra las personas y contra la integridad sexual.