El juez de la Sala I del Tribunal de Juicio de Orán, Edgardo Laurenci, condenó en juicio abreviado a Miguel Martín Gallardo (34), y a Nelson Salazar (32) a la pena de tres años de prisión en suspenso, por resultar coautores materiales y penalmente responsables del delito de robo simple, daños, y violación de las medidas sanitarias en concurso real.
Dada la condicionalidad de la pena, Gallardo y Salazar deberán dar cumplimiento, por el término de dos años, a las siguientes reglas de conducta: fijar domicilio e informar cualquier cambio; no acercarse a las víctimas; y no cometer nuevo delito. De incumplirlas, la condicionalidad de la pena podría revertirse y convertirse en efectiva.
Finalizada la audiencia, Gallardo recupero su libertad.
En la madrugada del 24 de abril del año pasado, durante la cuarentena, Gallardo y Salazar ingresaron a un domicilio en el barrio 2 de Abril de San Ramón de la Nueva Orán, aprovechando la ausencia de sus moradores, tras violentar las cerraduras y candado. Desde el interior sustrajeron varios elementos, y luego prendieron fuego a la casa construida de madera. Las víctimas eran vecinos de los acusados.