En una nueva Sesión Ordinaria realizada en la fecha el cuerpo legislativo sancionó un Proyecto de Ordenanza presentado por la edila Liliana Monserrat (STF). El texto establece que los responsables o titulares de locales comerciales que reciben tarjetas como medio de pago deberán colocar cartelería de prevención en favor de los consumidores. El articulado también prevé la leyenda que llevará, el plazo para la implementación de lo dispuesto y las multas ante su incumplimiento.
Al momento de fundamentar la propuesta, la concejala Liliana Monserrat manifestó: “Este proyecto tiene que ver con el reclamo de muchos vecinos que son usuarios de tarjetas de crédito y débito, e incluso de las tarjetas sociales como Alimentar”. En este sentido consignó que “algunos comercios que están recibiendo estas formas de pago, les están cobrando a las personas un adicional, lo cual no está permitido”. Agregó además la posibilidad de robo de datos o transacciones no autorizadas por el titular. En este marco, indicó que la iniciativa busca “cuidar el bolsillo de los vecinos e informarles sobre estas estafas que están penadas por Ley”.
El articulado sancionado fija que los responsables o titulares de locales comerciales en todos sus rubros, que reciban tarjetas de crédito y de débito bancarias o de programas sociales, deben colocar a su cargo en lugares visibles para los clientes, carteles con la siguiente leyenda como medida de prevención en favor de los consumidores: “Los comercios deben respetar el precio y promociones publicados en la oferta. Ley Nº 24.240, artículo 8º. Si abonás con tarjeta de débito o de crédito en un solo pago no deben cobrarte ningún recargo. Ley N° 25.065, artículo 37. Para evitar el robo de datos, cuando abonés no pierdas de vista tu tarjeta hasta finalizar la compra”.
En cuanto a la Autoridad de Aplicación de la norma, se fija que será establecida por el Departamento Ejecutivo Municipal, quien realizará la reglamentación correspondiente. Además, deberá notificar a los responsables o titulares de locales comerciales sobre lo dispuesto.
Se consigna también que los obligados tendrán un plazo de noventa días, contados desde la fecha de la notificación, para dar cumplimiento con lo establecido. Señalando que, frente a su incumplimiento, se impondrán multas entre 200 UT y 600 UT, siendo de aplicación el máximo de la pena ante la reiteración de la falta.