Una mujer de 71 años fue condenada en audiencia de juicio abreviado a la pena de un año y seis meses de prisión condicional, por ser autora del delito de tenencia simple de estupefacientes.
Ella deberá fijar domicilio y comunicar cualquier cambio al tribunal durante dos años. Además deberá someterse al control del Patronato de Presos y Liberados por ese mismo tiempo. En caso de incumplir alguna de estas reglas podría dejarse sin efecto la modalidad condicional de la pena, que podría ser de cumplimiento efectivo.
En el mismo fallo, la jueza de Garantías 8, Claudia Puertas, dictó el sobreseimiento de Yesica Elizabeth Alluza y Silvia Liliana Alluza, del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, por no haber participado en el hecho por el que habían sido acusadas, y declaró que el proceso no deberá afectar el honor y buen nombre del que hubieran gozado con anterioridad.