Miguel Vidal Madrid, de 48 años, había amenazado a su expareja en la vía pública, en la Localidad de Lumbreras, en enero del año pasado.
El juez de la Sala II del Tribunal Juicio de Metán, Ramón Haddad, encabezó el juicio de manera remota y lo condenó a la pena de un año de prisión de ejecución condicional por ser autor de los delitos de amenazas (dos hechos) y desobediencia judicial en concurso real.
El hombre deberá fijar domicilio en el radio del tribunal por el término de dos años. Además tiene prohibido acercarse en un radio no menor de 200 metros al domicilio de la denunciante, su grupo familiar o lugares de concurrencia habituales de los mismos. También deberá abstenerse de ejercer cualquier tipo de actos de violencia contra ellos, de proferir insultos o palabras agraviantes por cualquier medio, inclusive vía celular o a través de las redes sociales.
Además de ello, deberá abstenerse de abusar de la ingesta de bebidas alcohólicas y la prohibición de consumo de bebidas alcohólicas.
En caso de incumplir alguna de estas reglas, podría dejarse sin efecto la modalidad condicional de la pena impuesta, que podría ser de cumplimiento efectivo.