Un hombre de 42 años fue condenado en juicio abreviado por el delito de coacción. El juez Marcelo Rubio, vocal de la Sala V, le dictó a Miguel Raúl Enrique Gentil la pena de dos años de prisión condicional y le ordenó cumplir varias obligaciones durante tres años para conservar la modalidad de la condena.
Gentil fue denunciado por su expareja. La mujer refirió que se separó del acusado por sus reiterados hostigamientos. Contó que en una oportunidad el imputado le dijo que quería ir a bailar y como ella se negó a acompañarlo porque al día siguiente tenía que trabajar, él la coaccionó diciéndole que le dé la llave del auto o si no le iba a prender fuego. Cuando regresó de bailar al otro día, le dijo que si no se iba de la casa la iba a matar. También la amenazó con quitarle la vida si lo denunciaba.
La mujer sostuvo que, tras la separación, el imputado continuó con su actitud de hostigamiento hacia ella y su familia haciendo publicaciones falsas en las redes sociales.
Para conservar la prisión en suspenso, Gentil deberá abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; realizar tratamiento por su posible consumo abusivo de alcohol y para el control de sus impulsos violentos, haciendo hincapié en la cuestión de género; prohibición total de mantener cualquier tipo de contacto directo o indirecto, por cualquier medio, con la denunciante y su familia; prohibición de acercamiento en un radio de 300 metros al domicilio de la damnificada, a su lugar de trabajo y lugares adonde ella concurra con frecuencia.