La jueza Gabriela Romero Nayar, vocal de la Sala V del Tribunal de Juicio, hizo lugar por un año al pedido de suspensión de juicio a prueba presentado por Pablo Emanuel Maza (32), quien había llegado a la audiencia imputado por los delitos de desobediencia judicial (dos hechos) y coacción (dos hechos), en concurso real.
Para conservar el beneficio, el acusado deberá cumplir una serie de normas de conducta: observar buena conducta; no consumir estupefacientes ni abusar de bebidas alcohólicas; no cometer nuevo delito; comunicar cualquier cambio de domicilio al tribunal dentro de los cinco días de efectuado; abstenerse de realizar cualquier acto que implique poner en riesgo físico o psíquico a la denunciante y demás integrantes de su grupo familiar; realizar tratamiento psicológico para el control de sus adicciones en la Salita de barrio 20 de Febrero; someterse al control de la Secretaría de Control de Suspensión de juicio a Prueba, ante la cual deberá concurrir en forma semestral.
Maza fue denunciado por su madre, por un hecho ocurrido en mayo pasado. La mujer refirió que su hijo tenía prohibición de acercamiento al domicilio familiar y que, no obstante, esa madrugada concurrió a la vivienda sita en barrio 20 de Febrero bajo los efectos de sustancias prohibidas y comenzó a golpear la puerta con violencia mientras gritaba: “Abrime o no sabés lo que te va a pasar”. La denunciante salió para hacerlo desistir de su actitud. El acusado se retiró pero poco después regresó e insistió vociferando: “Abrime la puerta, esta es mi casa, te vas a arrepentir. No saben lo que soy capaz de hacer, acá va a correr sangre”. Entonces la denunciante decidió llamar al Sistema de Emergencia 911.