La jueza Mónica Mukdsi, vocal de la Sala VI del Tribunal de Juicio, condenó a A. D. M. (62) a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional por resultar autor materialmente responsable del delito de abuso sexual simple agravado por la convivencia.
El imputado tenía una condena anterior por desobediencia judicial, amenazas, privación ilegítima de la libertad agravada y daños, en concurso real, dictada por el Juzgado de Garantías de Cuarta Nominación. Se le unificaron ambas penas en el monto único de tres años de prisión de ejecución condicional.
El imputado fue pareja de la abuela de la víctima durante 26 años. Los hechos salieron a la luz cuando el propio acusado, en medio de los insultos que solía decirle a la abuela de la menor para atormentarla, le confesó que se “había subido” a una de sus nietas. La mujer intentó hablar con la niña para averiguar qué había pasado y al principio ella se negó a contarle pero luego, en circuito cerrado de televisión, la menor relató que cuando tenía 10 años el imputado la había “manoseado” en sus partes íntimas. En ese momento, A. D. M. le advirtió que no le contara nada a su abuela y le explicó que lo había hecho porque estaba borracho.
La jueza le impuso al condenado las siguientes obligaciones por el lapso de tres años: prohibición de acercamiento a la denunciante y a la damnificada, a sus domicilios y lugares que ellas frecuenten; abstenerse de abusar de bebidas alcohólicas; prohibición de cometer nuevo delito; fijar domicilio y someterse al control del Programa de inserción social y supervisión de presos y liberados.
A. D. M. será inscripto en el Banco de Datos Genéticos Provincial y para tal fin será sometido a la extracción de una prueba de ADN.
Nota: Se omitió el nombre completo de las personas involucradas para preservar la identidad de la menor y su derecho a la intimidad y confidencialidad, en virtud de la Convención de los Derechos del Niño (artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional, Ley 23849) y las Leyes 26061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y 26522 de Servicio de Comunicación Audiovisual.