El juez Federico Javier Armiñana Dohorman, vocal de la Sala I del Tribunal de Juicio, condenó en procedimiento abreviado a Jorge Antonio Corimayo (40), alias “Piojito”, a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional.
El imputado resultó autor penalmente responsable de los delitos de coacción, desobediencia judicial, violación de domicilio y lesiones leves doblemente agravadas por la relación de pareja previa y por constituir violencia de género, todo en concurso real.
Durante dos años, el imputado deberá cumplir una serie de obligaciones, entre las que se cuenta la realización de tratamiento psicológico con la presentación de las respectivas constancias todos los meses; prohibición de ejercer violencia física o psíquica en contra de la denunciante; prohibición de acercamiento a una distancia menor de 500 metros del domicilio de la denunciante y de los lugares donde ella concurra habitualmente; someterse al cuidado del Programa de inserción social y supervisión de presos y liberados de Salta. Corimayo deberá cumplir con todas las reglas fijadas para mantener la modalidad de prisión condicional.
El juez dispuso que se asigne consigna policial fija durante treinta días en el domicilio de la damnificada y, cumplido ese plazo, consigna ambulatoria durante treinta días más.
También se libró oficio al Servicio de Emergencia 911 para que se informe al tribunal acerca de la factibilidad de incluir al condenado en el Sistema Único de Monitoreo de Agresores (SUMA).
El juez dispuso finalmente que el condenado sea examinado por un médico del Poder Judicial para la obtención de sus señas particulares y que, a través del CIF, se le extraigan muestras de ADN, previa asignación del DUIG correspondiente, para su posterior incorporación al Banco de Datos Genéticos.