Un sujeto de 39 años fue condenado por agredir a su expareja. En una audiencia llevada a cabo en la Sala V del Tribunal de Juicio, la jueza Mónica Faber le impuso la pena de seis meses de prisión condicional por lesiones leves agravadas por la relación de pareja preexistente y por mediar violencia de género.
Según refirió la denunciante, el acusado –de quien se encontraba separa desde hacía dos años- se presentó en su lugar de trabajo y comenzó a insultarla porque le había llegado una notificación para presentarse ante la justicia por una mediación. Luego la golpeó en la cara y se fue.
Durante dos años, el imputado deberá cumplir una serie de obligaciones, como mantenerse alejado de la damnificada, de su domicilio, de su lugar de trabajo y lugares que ella frecuente en un radio de 200 metros; abstenerse de ejercer actos de violencia física o psíquica en contra de la denunciante y su grupo familiar; someterse al cuidado del Programa de inserción social y supervisión de presos y liberados. Todo ello con apercibimiento de revocarse la modalidad condicional de la condena dictada.
Finalmente, la jueza ordenó un examen de ADN del condenado para su incorporación al Banco de Datos Genéticos, previa asignación del DUIG por el Registro provincial de condenados vinculados a delitos contra las personas y contra la integridad sexual.