Gastón Ismael Garzón, Matías Maximiliano Lamas, y los hermanos Alexis Gabriel y Ángel Iván Guaymás, fueron condenados a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, por haber cometido los delitos de lesiones graves y daños.
Durante esos tres años, los cuatro condenados deberán fijar domicilio e informar cualquier cambio. Tienen prohibido ingerir bebidas alcohólicas o sustancias estupefacientes. También se les prohibió acercarse a la víctima y a la denunciante en un radio de doscientos metros, y tampoco podrán ejercer actos de violencia física o psicológica en su contra.
Además se les impuso la obligación de adoptar oficio o profesión, y someterse a un tratamiento psicológico. Por último, se someterán al cuidado del Patronato de Presos y Liberados.
En caso de incumplir alguna de estas reglas de conducta podría dejarse sin efecto la modalidad condicional de la pena que se les impuso, que podría ser de cumplimiento efectivo.
De manera voluntaria, cada uno de los causantes hizo entrega de veinte mil pesos a la víctima en concepto de reparación del daño causado.
Hasta finales del mes de julio, la víctima contará con consigna policial. Los cuatro hombres, por su parte, recuperaron la libertad una vez finalizada la audiencia, que estuco a cargo del juez de la Sala V del Tribunal de Juicio, Marcelo Rubio.
El 28 de febrero de este año, los hermanos Guaymás, junto con Garzón y Lamas, interceptaron a la víctima, que circulaba en motocicleta, y utilizando un hierro lo golpearon en el rostro y provocaron que caiga del vehículo. Aprovechando su indefensión comenzaron a golpearlo, y arrojaron la moto en dentro del canal que se encontraba en el lugar.
Por los golpes, la víctima fue trasladada al hospital San Bernardo con heridas curables en término mayor de 60 días y con incapacidad laboral mayor a 30 días.