Representado por su abogado, Fernando Teseyra, el ex intendente de Aguaray Jorge Prado intentó aplazar el juicio por el robo de caños del Gasoducto GNEA, programado para el 24 de junio. La fiscalía y el Tribunal Oral Federal 2, sin embargo, rechazaron su pedido y el debate quedó confirmado.
En un fallo unánime, los jueces Abel Fleming (presidente), Gabriela Catalano y Domingo Batule, defendieron las garantías y la celeridad que ofrece el sistema acusatorio. La decisión coincidió con lo requerido por el fiscal general Eduardo José Villalba y la auxiliar fiscal Roxana Gual, de la Unidad Fiscal Salta.
La fiscalía se había opuesto abiertamente a lo que consideró una estrategia dilatoria de la defensa de Prado, principal acusado de las maniobras delictivas que despojaron al Estado Nacional de bienes valuados en sumas millonarias, a través del robo de caños del Gasoducto GNEA.
Acusaciones
Prado y otros nueve acusados serán juzgados por los delitos de defraudación a la administración pública, robo y encubrimiento, entre otras acusaciones. Al fundamentar su pedido, la defensa de Prado indicó que aún se encuentra sin resolución un recurso de queja planteado contra la decisión del juez de Revisión, Alejandro Augusto Castellanos, quien envió a juicio a su cliente.
Señaló que el tribunal debía esperar, por cuestiones de economía procesal, a que la Corte Suprema de Justicia de la Nación resuelva la queja. “No se pide no hacer el juicio, sino solo un compás de espera”, expresó.
Para Villalba, en tanto, el pedido interpuesto constituía “un refugio” para su cliente. Comparó la solicitud “con los huecos subterráneos propios del sistema mixto, en los cuales se buscaba adormecer el tratamiento de las causas penales”, colocando a mejor resguardo la responsabilidad del imputado.
Villalba rechazó de plano las motivaciones y fundamentos expuestos, tanto por el defensor de Prado como por los otros abogados que acompañaron su planteo, a la vez que resaltó las condiciones de imparcialidad, inmediatez y oralidad que garantiza el sistema acusatorio en el desarrollo del debate.
Insistió en la improcedencia del planteo, en especial en un caso que tiene una celeridad nunca antes experimentada en Salta, por lo que consideró que un precedente como el que la defensa pretendía instalar iba a “tirar por la ventana el espíritu del sistema acusatorio”, contemplado en el artículo 2 del Código Procesal Penal Federal.
El abogado defensor Sergio Heredia, representante de otros cinco imputados, también se pronunció en contra de la suspensión del juicio, pues a su entender la decisión del juez de Revisión, al ordenar el juicio, no es de carácter recurrible.
También acompañó lo fundamentado por la fiscalía en torno a la celeridad del caso: “Mis clientes quieren que se haga el juicio y tienen derecho a un juicio justo”, dijo. Añadió que ello podría verse impedido por los plazos de resolución por parte del alto tribunal para tratar una queja, los cuales podrían superar fácilmente hasta los dos años.
Además, planteó que los motivos de la queja pueden ser tratados en el juicio, una posibilidad que el fiscal Villalba también reconoció como muy probable, pues, de una manera u otra, dichas cuestiones serán introducidas al debate.
En los mismos términos, el abogado querellante que representa a la empresa IEASA SA, también pidió rechazar la suspensión del juicio. Se armó una estructura solo para quitar bienes del Estado nacional Sobre el caso, el fiscal Villalba señaló que los acusados, en sus distintos roles, llevaron adelante una maniobra con el único objetivo de apropiarse ilegalmente de bienes del Estado Nacional, en este caso caños del Gasoducto GNEA, con el solo fin de obtener un provecho económico con su comercialización.
Los principales acusados en esta maniobra, según surge de las pruebas colectadas por la fiscalía, proyectaban ganar sumas millonarias. Como muestra de ello se citó un manuscrito secuestrado en poder de uno de los acusados, en el que se hacía un cálculo de ganancia de casi un millón y medio de dólares. La intención de los imputados apuntaba al apoderamiento de caños por un tramo de 35 kilómetros, que atraviesa la localidad de Aguaray y parajes circunvecinos, entre ellos en El Desemboque, en Alto La Sierra. Cabe mencionar que la fiscalía logró recuperar más de 250 caños que fueron extraídos de la traza del gasoducto, parte de los cuales fueron secuestrados en la zona, como en el predio de uno de los empresarios acusados, en Buenos Aires.
“Para lograr este negocio millonario, los acusados actuaron en dos etapas. La primera se puso en marcha días antes de que Prado asumiera como intendente de Aguaray, cuando el empresario Alos, uno de los principales responsables y mentores de este fraude, presentó una nota para extraer los caños bajo el pretexto de que se trataban de pasivos ambientales, oportunidad en la que ofreció como contraprestación la instalación de juegos infantiles y mano de obra para los habitantes de Aguaray”, indicó el fiscal. Explicó que dicha propuesta, arteramente pergeñada, fue llamativamente una de las primeras acciones del gobierno de Prado, quien dio origen a la Resolución Municipal 1215/019, el instrumento utilizado para consumar la defraudación, que se terminó de completar con el robo de los caños.
“Todo esto ya estaba planificado antes de la asunción de Prado, quien apenas se colocó la banda de intendente electo no hizo más que traicionar el voto popular y permitió el saqueo de bienes sobre los cuales no tenía ningún dominio, pues los caños pertenecen a una obra del Estado Nacional”, remarcó el fiscal.