Un sujeto de 34 años fue condenado a cinco años y seis meses de prisión efectiva por los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante (dos hechos), en concurso real con abuso sexual simple agravado por el vínculo, la guarda y la situación de convivencia.
P. P. M. fue juzgado en la Sala II del Tribunal de Juicio, en una audiencia unipersonal presidida por la jueza María Victoria Montoya Quiroga.
El imputado fue denunciado por las madres de dos de las víctimas luego de que las menores de 16 y 12 años de edad contaran que P. P. M, quien es tío político de ambas, había atentado contra su integridad sexual cuando ellas eran más chicas.
La primera en alertar a su familia acerca de los abusos padecidos fue M. M. N. C. (16). La adolescente decidió hablar cuando su mamá le comentó que iban a invitar al imputado a una reunión familiar. Le dijo que cuando ella tenía alrededor de diez años, P. P. M. se metió en la cama donde descansaba con su prima O. A. V., que en ese momento tenía seis años de edad. Entonces el imputado las sometió a tocamientos y las obligó a tocarle sus partes íntimas. Para que no hablaran, las amenazó diciéndoles que podía pasarles algo malo a sus padres si lo delataban.
La menor contó que los delitos contra su integridad sexual ocurrieron dos veces más, en la casa de una abuela en Metán y de otra pariente en Rosario de Lerma.
La segunda denuncia contra P. P. M. fue presentada por la madre de la menor O. A. V., cuando se enteró por la prima de los abusos que había sufrido su hija cuando tenía 6 años.
Finalmente, el imputado fue denunciado por un tercer caso. En esta ocasión las actuaciones se iniciaron a partir del informe policial de una oficial de la subcomisaría de barrio El Sol. Allí se dejó constancia de las manifestaciones expresadas por la menor M. D. M. (17), hijastra del imputado.
La joven se presentó en la dependencia para exponer los conflictos familiares por los cuales había decidido irse de su casa, a raíz de lo cual su madre había radicado denuncia por extravío de persona.
En el contexto de esa conversación, M. D. M. le comentó a la oficial que una de las razones por las que no quería regresar al hogar materno era que se sentía incómoda con su padrastro. La adolescente refirió que en una ocasión en que salió con el imputado en su moto para comprar unos pasajes a la terminal de ómnibus, él la llevó a la parte de atrás de Tiro Federal, la abrazó y le tocó sus partes íntimas. Antes de regresar le ordenó que no le dijera nada a su mamá.
No obstante la advertencia, M. D. M. decidió contarle a su madre lo sucedido. La mujer quiso conocer la versión del acusado y le preguntó si era cierto. Como él no le respondió, la rutina de la casa continuó como si nada hubiera pasado.
La jueza ordenó el traslado de P. P. M. a la Unidad Carcelaria 1 y dispuso que se le extraiga muestra de ADN para su inscripción en el Banco de Datos Genéticos.
Nota: Se omitió el nombre completo de las personas involucradas para preservar la identidad de las menores y su derecho a la intimidad y confidencialidad, en virtud de la Convención de los Derechos del Niño (artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional, Ley 23849) y las Leyes 26061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y 26522 de Servicio de Comunicación Audiovisual.