En una audiencia de juicio abreviado celebrada vía Skype, David Gustavo Nicolás Romero, de 32 años, fue condenado por ser autor de los delitos de amenazas y desobediencia judicial (dos hechos) en concurso real.
La jueza de Garantías 8, Claudia Puertas, le impuso la pena de un año de prisión de ejecución condicional.
El hombre deberá fijar domicilio y comunicar cualquier cambio del mismo. Además deberá abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar de la ingesta de bebidas alcohólicas, y realizará tratamiento psicológico.
Se le prohibió también acercarse a la víctima y a su grupo familiar, su domicilio y lugares que frecuente, en un radio de 300 metros, y tampoco podrá ejercer actos que puedan ser considerados como violencia física, psicológica o moral en su contra.
Por último, deberá arbitrar los medios necesarios para ser incluido en el Programa de Intervención con Agresores de Violencia de Género del Ministerio Público.
Estas reglas de conducta son de cumplimiento obligatorio por el término de dos años. En caso de incumplir alguna de estas medidas, podría dejarse sin efecto la modalidad condicional de la pena impuesta, que sería de cumplimiento efectivo.
El hombre recuperó la libertad una vez finalizada la audiencia. En el fallo, la jueza ordenó implantar policial consigna en el domicilio de la víctima.