La jueza María Laura Toledo Zamora, vocal de la Sala II del Tribunal de Juicio de Orán, rechazó un acuerdo de juicio abreviado que habían presentado las partes en la causa seguida contra Guillermo Federico Torres (28); y de Jonathan Emanuel Villena (23), acusados del delito de robo calificado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo ser acreditado.
En ese sentido, la jueza decidió no admitir el acuerdo arribado entre fiscalía y defensa, ya que no se ajustaba al hecho por el que se encuentran imputados Torres y Villena. Dijo que existía discrepancia con la calificación legal admitida por cuanto se omitió en todo momento considerar la existencia de la punta o arma blanca que fue indicada desde la denuncia. En ese sentido, tuvo presente que el denunciante manifestó que sintió que una persona le asestó una punta pequeña en el sector de la nuca, y que cuando se dio vuelta observa al mismo sosteniendo el arma blanca, y al otro sujeto que lo apuntaba de frente con un arma de fuego.
A ello se sumó la disconformidad de la víctima a la imposición de una pena de tres años de prisión condicional, quien tampoco aceptó el resarcimiento económico ofrecido.
Atento a lo dispuesto, la jueza ordenó la destrucción del incidente, y la devolución del expediente al Tribunal de Juicio correspondiente por sorteo, donde continuará el trámite procesal correspondiente.
El 24 de junio del año pasado, la víctima regresaba del banco, cuando fue interceptado por dos hombres, quienes lo amenazaron con un arma blanca y un arma de fuego para sustraerle el dinero. El hecho ocurrió en Colonia Santa Rosa.