Alberto Fernández la prorrogó hasta el 31 de diciembre y Gustavo Sáenz por seis meses. El decreto se publicó en el Boletín Oficial.
Durante un año se dispusieron medidas de aislamiento y distanciamiento para reducir la circulación de personas. J. Corbalán. El Gobierno nacional decretó la emergencia sanitaria hasta el 31 de diciembre por la pandemia del coronavirus y la Provincia por seis meses, de acuerdo a sendos decretos que firmaron el presidente Alberto Fernández y el gobernador Gustavo Sáenz. La emergencia nacional había sido aprobada por la ley 27.541.
El DNU establece que deberán permanecer aislados durante 14 días quienes sean considerados “casos sospechosos” según la definición de la autoridad sanitaria nacional, hasta tanto se realice el diagnóstico confirmatorio; quienes revistan la condición de “casos confirmados”, según la definición de la autoridad sanitaria; quienes sean considerados “contactos estrechos” de casos de la COVID-19, según la definición de la autoridad sanitaria nacional, y quienes arriben al país desde el exterior.
El Ministerio de Salud estará facultado para recomendar la suspensión o reducción de frecuencias de transporte internacional de pasajeros tanto aéreo, marítimo, fluvial como terrestre, así como la suspensión de destinos.
En todos los casos, quienes arriben del exterior deberán brindar información sobre su itinerario, declarar su domicilio en el país y someterse a un examen de salud lo menos invasivo posible para determinar el potencial riesgo de contagio y las acciones preventivas a adoptar que deberán ser cumplidas, sin excepción.
Asimismo, deberán contar con constancia de test PCR no detectable para COVID-19 con toma de muestra de no más de 72 horas previas al embarque, salvo en los supuestos exceptuados por la autoridad sanitaria. La autoridad sanitaria podrá modificar las acciones preventivas establecidas.
Los extranjeros no residentes en la Argentina que arriben al país desde el exterior deben acompañar a la declaración jurada “un seguro de viajero especial para la atención de la enfermedad en el país”, y no podrán ingresar ni podrán permanecer en el territorio nacional en caso de incumplir la normativa sobre aislamiento obligatorio y a las medidas sanitarias vigentes. El Ministerio de Salud dará información a la población sobre las “zonas afectadas” y las “zonas afectadas de mayor riesgo”, así como sobre la situación epidemiológica, respecto a la propagación, contención, mitigación e inmunización de la enfermedad, con la guarda de confidencialidad acerca de la identidad de los afectados, salvo expresa autorización de las mismas, según la normativa de resguardo de secreto profesional, indica el decreto.
En Salta
En tanto, el Gobierno salteño decretó que se prorrogue por el término de seis meses la declaración del estado de emergencia sanitaria en todo el territorio provincial dispuesta por la ley Nº 8188, prorrogada por su similar Nº 8206.
El decreto expresa que “el actual contexto sanitario, la dinámica de la transmisión del virus, su extensión en el tiempo y la evolución de la situación epidemiológica en el ámbito local, contribuyen a que persistan las causas que motivaron la declaración de estado de emergencia sanitaria originada por el COVID -19”.
“A los efectos de dar continuidad a las medidas puestas en marcha, como a la adopción de otras nuevas que tengan por objeto mitigar la propagación del virus, el impacto negativo en el sistema sanitario y en la salud de las personas, deviene fundamental prorrogar el estado de emergencia”, manifiesta el documento.