Así lo hizo saber César Guerrero, secretario general de ese gremio. También indicó que los locales comerciales deberán contar un espacio acondicionado para el refrigerio.
Ayer, el Concejo Deliberante aprobó una ordenanza que establece el horario corrido de 9 a 19 horas para los comercios en la ciudad de Salta.
Al respecto de esto, el secretario general del Sindicato de Comercio de Salta, César Guerrero, advirtió por Radio Salta que los trabajadores no están obligados a trabajar 10 horas y si así sucede tienen que percibir el pago de las correspondientes horas extras.
“Lo que estableció la ordenanza, que fue aprobada ayer en el Concejo Deliberante, es un rango horario de 9 a 19 horas no quiere decir que los compañeros o compañeras tengan que trabajar las diez horas. De ser así deberán percibir las horas extras correspondientes”, manifestó Guerrero.
“Nosotros insistimos con un horario de 10 a 18 horas como lo hicieron otras localidades en el interior del país incluso antes que se de en Salta, pero bueno se dio esto que es un paso importante y fundamental,pero lo más importante es la salud de los trabajadores”.
El dirigente gremial recordó también recordó que los empleados de comercio deben recibir un refrigerio en el cumplimiento del horario corrido.
“En nuestro convenio está contemplado el tiempo de refrigerio en caso de que sea horario corrido, y nosotros lo hicimos saber en el Concejo Deliberante, deberán adecuar en los comercio un lugar que sea salubre y que tenga las condiciones de higiene como para que el compañero pueda tomar algo dentro de la jornada laboral”, sosutvo
Finalmente agregó que “esto tiene que ser así. Por esa la ordenanza dice que se tendrá que ver todo lo que dice el Convenio Colectivo de Trabajo”.