El juez de la Sala I del Tribunal de Juicio de Orán, Aldo Primucci, condenó a un hombre de 53 años por ser autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la convivencia preexistente. Cumplirá por ello la pena de nueve años de prisión efectiva.
Al finalizar la audiencia, el hombre fue detenido y trasladado a la Unidad Carcelaria 3 de Orán, donde cumplirá su condena.
En el fallo se dispuso también la extracción de material genético del imputado por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato Único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos; y la toma de muestra fotográfica al penado conforme lo dispone la Acordada 12641, de protocolo de actuación judicial.
El hecho juzgado fue denunciado en Orán por el padre de la víctima, una adolescente de 15 años. Ella le había contado que la pareja de su madre, solía ingresar a su habitación cuando ya todos dormían y aprovechaba para tocar sus partes íntimas. La menor, en su declaración en cámara Gesell, dijo que los hechos sucedían desde que tenía 13 años.
La causa había llegado a juicio como un abuso sexual simple agravado por la convivencia y durante la audiencia debate y por la declaración de la menor víctima, y los informes psicológicos incorporados del acusado y de la joven, la fiscalía amplió la acusación y el agravante del delito.
Nota: Se omitió el nombre de la menor para preservar su identidad y su derecho a la intimidad y confidencialidad, en virtud de la Convención de los Derechos del Niño (artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional, Ley 23849) y las Leyes 26061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y 26522 de Servicio de Comunicación Audiovisual.