El juez de la Sala II del Tribunal de Juicio de Orán, Raúl Fernando López condenó a Carlos Esteban Lami (27), a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional y pago de la multa, por resultar autor material y penalmente responsable de los delitos de abuso de arma y tenencia de arma de fuego sin la debida autorización.
Por el término de dos años, el hombre deberá fijar domicilio y someterse al cuidado de un patronato. Tampoco podrá cometer nuevos delitos y tendrá la obligación de abstenerse de usar estupefaciente y de abusar de la ingesta de bebidas alcohólicas. No mantendrá ningún tipo de contacto ni amenazará a las víctimas. Además tiene prohibido portar o utilizar armas de fuego.
En caso de incumplir alguna de estas reglas de conducta podría dejarse sin efecto la modalidad condicional de la pena impuesta, que podría ser de cumplimiento efectivo.
Una vez firme la sentencia, se remitirá copia del fallo condenatorio, junto con los datos personales del condenado a la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA). También dispuso la toma de muestra fotográfica conforme lo dispone el protocolo de actuación judicial.
Además, de la extracción de material genético del condenado por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscal (CIF), y su posterior inscripción en el Banco de Datos Genéticos, previa asignación del Dato único de identificación Genérica (DUIG).
Finalizada la audiencia, Lami recuperó su libertad.
En febrero del año pasado Lami discutió con la víctima en la vía pública, sacó un arma de fuego y lo hirió en la pierna. Luego, en marzo de ese año, concurrió a un boliche bailable, y al realizarle el cacheo de la entrada le secuestraron un arma de fuego.