El vocal 3 de la Sala II del Tribunal de Impugnación, no hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica del menor L.E.A. y confirmó lo resuelto por el Juzgado de Menores de Segunda Nominación denegando la libertad solicitada.
Precisó, que existen elementos de convicción suficientes para sostener como probable la participación punible del menor en el hecho investigado -con el grado de probabilidad requerido en esta instancia-, calificado como homicidio en grado de tentativa. En tal sentido, entendió que la cautelar dispuesta por la señora jueza de grado resulta proporcional y justificada ante la inconveniencia de otra medida alternativa apta para neutralizar el riesgo de daño jurídico para la causa, recomendando a la vez la diligencia necesaria en la recolección de elementos de convicción que permitan definir, lo antes posible, la situación procesal del imputado, como también su situación familiar, ello, con el fin de posibilitar una futura evaluación de alguna medida alternativa menos gravosa, en caso que las circunstancias mencionadas llegaran a modificarse.