La jueza Norma Beatriz Vera, vocal de la Sala IV del Tribunal de Juicio, condenó a Mario Gabriel Pulo (23) a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional por resultar autor material y penalmente responsable de los delitos de lesiones leves agravadas por la relación de pareja preexistente y por mediar violencia de género y privación ilegítima de la libertad agravada, en concurso real.
El imputado seguirá en libertad por la modalidad de la pena, pero deberá cumplir una serie de reglas de conducta. En caso de incumplimiento, perderá la prisión en suspenso.
Durante tres años, Mario Gabriel Pulo deberá fijar domicilio y mantenerlo actualizado; realizar tratamiento psicológico y médico según lo aconsejado por profesionales médicos idóneos y presentar la constancia de inicio ante el tribunal en un término de 72 horas y las que den cuenta de su evolución cada 30 días; prohibición de acercamiento a la denunciante, a su domicilio y lugares que ella frecuente; prohibición de ejercer cualquier acto de violencia física o psíquica en su contra, entre otras obligaciones.
La jueza ordenó además que se implante de forma inmediata una consigna policial fija en el domicilio de la denunciante por el término de diez días y, luego, consigna policial ambulatoria durante quince días más.