Condenaron a un hombre de 27 años por ser autor de los delitos de lesiones leves calificadas por la relación de pareja preexistente y violencia de género y desobediencia judicial en concurso real.
Se trata de Ramón Alberto Guaymás. La jueza Paola Marocco, vocal de la Sala VII del Tribunal de Juicio, le impuso por ello la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional.
Por el término de dos años deberá someterse al cuidado del Patronato de Presos y Liberados, fijar domicilio y comunicar cualquier cambio. Tiene prohibido acercarse a la víctima, a los lugares que ella frecuenta y a su domicilio, debiendo mantener una distancia de 200 metros de ella. Además deberá abstenerse de ejercer actos de violencia física o psicológica en su contra.
Por último, se le impuso la obligación de abstenerse de abusar de la ingesta de bebidas alcohólicas y de usar sustancias estupefacientes.
En caso de incumplir alguna de estas reglas de conducta podría dejarse sin efecto la modalidad condicional de la pena que se le impuso, que podría ser de cumplimiento efectivo.
Guaymás era pareja de la víctima, con quien residía en el mismo domicilio.