El 6 de junio, una mujer radicó denuncia contra su pareja. Él, en estado de ebriedad, y luego de una discusión, le pegó en el rostro.
Ayer, a poco más de 20 días de sucedido el hecho, Sebastián Miguel Ángel Mamaní (32) fue condenado a la pena de ocho meses de prisión de ejecución condicional, por ser autor del delito de lesiones leves agravadas por la relación de pareja previa y por el género.
En el juicio abreviado, encabezado por el juez de Garantías 4, Diego Rodríguez Pipino, se impuso al hombre la obligación de fijar domicilio y comunicar cualquier cambio. Además deberá abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar del consumo de bebidas alcohólicas.
Mamaní tiene prohibido ejercer actos de violencia física y psicológica contra la víctima y su grupo familiar. Tiene la obligación de realizar diagnóstico y tratamiento psicológico en caso de ser necesario, para controlar sus impulsos violentos.
Estas reglas de conducta fueron impuestas por el término de dos años. En caso de incumplir alguna de las mismas, podría dejarse sin efecto la modalidad condicional de la pena impuesta, que sería de cumplimiento efectivo. El Patronato de Presos y Liberados será el organismo que controlará el cumplimiento de las mismas.
Finalizada la audiencia, el condenado recuperó su libertad.