Uno de los tres funcionarios que fue juzgado por el delito de homicidio culposo en perjuicio del niño Iván Bejarano, fue condenado a seis meses de prisión condicional por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, inhabilitación por un año y deberá cumplir reglas de conducta. Los otros dos fueron absueltos.
El fiscal penal Ramiro Ramos Ossorio representó al Ministerio Público ante la Sala VII del Tribunal de Juicio en la audiencia de debate contra Guillermo Rubén Díaz, Pedro Antonio Díaz y Darío Pedro Domínguez como autores del delito de homicidio culposo en perjuicio del niño Iván Miguel Bejarano.
Durante la jornada de este lunes, se llevaron a cabo los alegatos de las partes y tras la deliberación, el juez Francisco Mascarello dio a conocer el veredicto donde condenó a Darío Pedro Domínguez, quien se desempeñaba como secretario de obras públicas de General Güemes cuando falleció el niño, a la pena de 6 meses de prisión de ejecución condicional, inhabilitación por un año y se le impuso el cumplimiento de reglas de conducta.
El exintendente Pedro Antonio Díaz fue absuelto por desestimiento de la acusación fiscal y Guillermo Rubén Díaz, quien se desempeñaba como secretario de Obras Públicas cuando se construyó la columna que aplastó al niño, fue absuelto por el beneficio de la duda.