Se trata del Juez del Tribunal de Juicio Sala II del Distrito Sur – Circunscripción Metan, Ramón Alberto Haddad, quien llevará adelante la audiencia de debate en un Tribunal Unipersonal. La causa fue remitida por el Juzgado de Garantías 1 del Distrito Judicial Sur – Circunscripción Anta y tiene como imputado al comisario Walter Ezequiel Omar Mamaní, acusado de los delitos de abuso de armas agravado, privación ilegítima de la libertad (dos hechos), falsedad ideológica (dos hechos) y vejaciones agravadas con fines de venganza, todo en concurso real y en calidad de autor, en perjuicio de Luciano Diez.
El juicio requerido por la fiscal penal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, también incluyó a cuatro efectivos policiales con revista en la subcomisaría de El Dorado de Apolinario Saravia.
El cabo Juan Giménez se encuentra imputado por los delitos de abuso de armas agravado, privación ilegítima de la libertad, falsedad ideológica, vejaciones agravadas con fines de venganza, todo en concurso real, con coacción, en calidad de autor.
En tanto, los sargentos Julia Antolina Díaz y Sergio Luis Carlos Argañaráz, fueron imputados por los delitos de abuso de armas agravado, privación ilegítima de la libertad, falsedad ideológica y vejaciones agravadas con fines de venganza, todo en concurso real y en calidad de autores.
Por último, el agente Franco Matías Vizgarra fue inicialmente imputado por los delitos de privación ilegítima de la libertad y vejaciones agravadas con fines de venganza, todo en concurso real, en calidad de autor. El Juzgado de Garantías 1 del Distrito Judicial Sur – Circunscripción Anta, dictó el sobreseimiento a su favor por los delitos de abuso de armas y falsedad ideológica, y declaró que el proceso no afectó su buen nombre y honor.
Por otra parte, el Juzgado rechazó las oposiciones formuladas por las defensas de los acusados y los pedidos de sobreseimiento, el cambio de calificación legal y la producción de pruebas instados por los letrados.
Por último, el Juzgado rechazó el pedido de prisión domiciliaria presentado por la defensa de Mamaní y en su mérito, mantuvo la medida privativa de libertad en cabeza del imputado.