El 28 de octubre pasado el denunciante contó que dejó la motocicleta de su padre estacionada en la vereda de su domicilio, en la ciudad de General Güemes, y que más tarde un vecino le avisó que un hombre se la había llevado empujándola.
Luego, el 3 de noviembre, otro denunciante dijo haber dejado su motocicleta con traba de seguridad frente a la una escuela, y cuando volvió ya no estaba. Dos días después una mujer denunció que dejó su moto estacionada en la vereda de la casa de su madre, y 15 minutos después vio que personas desconocidas violentaron la traba y se la llevaron.
El 7 de ese mismo mes personas desconocidas sustrajeron otra moto que habían dejado estacionada en una vereda tras violentar la traba de seguridad. Finalmente, tres días después sucedió lo mismo con otra motocicleta.
El juez de la Sala VII del Tribunal de Juicio en feria, Federico Diez, condenó a Humberto Pinto, Ulises Benjamín Cabrera y Celin Joel Rodríguez a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, por ser autores responsables del delito de robo doblemente calificado por cometerse en poblado y en banda y de vehículos dejados en la vía pública (cinco hechos) en concurso real.
Durante dos años deberán fijar domicilio y someterse al cuidado de la Dirección de Inserción Social y Supervisión de Presos y Liberados de su lugar de residencia. No podrán usar estupefacientes o abusar de la ingesta de bebidas alcohólicas. Tampoco podrán mantener cualquier tipo de contacto con las victimas ni acercarse en un radio no menor de trescientos metros del lugar de sus residencias.
En caso de incumplir alguna de estas reglas de conducta podría dejarse sin efecto la condicionalidad de la pena, que sería de cumplimiento efectivo. Finalizada la audiencia recuperaron su libertad.
Las víctimas y los acusados acordaron la reparación económica de los daños causados, que se hizo efectiva durante la audiencia.