En un procedimiento abreviado realizado en la Sala VI del Tribunal de Juicio, una mujer resultó condenada a seis meses de prisión condicional por los delitos de desobediencia judicial (dos hechos) y amenazas (dos hechos) en concurso real.
El juez Guillermo Pereyra ordenó la libertad de la acusada por la modalidad de la pena y le impuso reglas de conducta: fijar residencia, notificar cualquier cambio de domicilio al tribunal y someterse al cuidado del Programa de inserción social y supervisión de presos y liberados de Salta; prohibición total de acercamiento a la víctima y a su grupo familiar en los lugares que ellos frecuenten y a sus domicilios en un radio de 300 metros; abstenerse de cualquier tipo de contacto (personal, por vía telefónica o por redes sociales o sistemas informáticos de mensajería); abstenerse de abusar de bebidas alcohólicas y de consumir estupefacientes; realizar tratamiento psicológico por sus adicciones. Todo ello durante el término de dos años, con apercibimiento de revocarse la prisión en suspenso.
La imputada fue denunciada por su madre. Refirió que su hija había sido notificada en dos oportunidades acerca de la prohibición de ejercer actos de violencia física y psíquica en su contra. No obstante, en una ocasión, al regresar a su domicilio encontró a la imputada muy ofuscada. Comenzó a agredirla verbalmente, amenazándola con “dejarla en la morgue”. En otra ocasión amenazó de muerte a toda la familia. A raíz de esto se notificó a la imputada acerca de la exclusión de hogar. Sin embargo, regresó a la vivienda de su madre para insultarla y causar desorden.