La Sala II de la Cámara de Apelaciones del Trabajo hizo lugar al recurso de apelación de una empresa modificando el punto I de la sentencia de primera instancia en cuanto condena al pago de indemnización por antigüedad, integración de mes de despido, indemnización por omisión de preaviso e indemnización del artículo 2 de la ley 25.323.
En primera instancia se había condenado a la empresa a pagar la suma de 1.874.457,96 pesos porque se concluyó que el hombre desempeñaba tareas de gerente comercial y que tenía un grupo de vendedores a su cargo.
El hombre sostenía que en 2015 pasó de vendedor a gerente comercial y argumentó que la negativa de la empresa a reconocer tal categoría lo colocó en situación de injuria suficiente para considerarse despedido.
La jueza María de las Mercedes Domecq y el juez Jose Manuel Pereyra consideraron que la testimonial fundamental en la que se apoyaba la resolución de primera instancia no resultaba eficaz.
El hecho que hubiera estado en una oficina con vendedores “no determina el cargo”, señalaron.
Y al analizar el resto de los testimonios recordaron que si bien impartía órdenes no lo hacía de manera oficial.
El hecho que fuera reconocido por sus compañeros de trabajo como líder o que impartiera instrucciones sobre cómo hacer el trabajo impide “extraer la conclusión de que su función fuera gerencial, lo que luce ratificado por la circunstancia de que no todos aquellos seguían sus órdenes, desconociendo su autoatribuida jerarquía en relación a sus pares”, señalaron los jueces.
Las testimoniales, en definitiva, no permiten inferir que el hombre se encontraba incorrectamente registrado como vendedor, ni que las funciones que cumplía eran gerenciales de acuerdo a lo previsto en el artículo 5 del Convenio Colectivo de Trabajo 379/04 por lo que no proceden los créditos derivados del despido, es decir, la indemnización por antigüedad, la integración de mes de despido, la indemnización por omisión de preaviso y el agravamiento indemnizatorio del artículo 2 de la ley 25.323.