Seis meses de prisión en suspenso fue la condena dictada a un hombre de 36 años por los delitos de amenazas y lesiones leves agravadas por la relación de pareja preexistente y por constituir violencia de género.
El imputado fue juzgado en un procedimiento abreviado realizado en la Sala II del Tribunal de Juicio, presidido por la jueza María Victoria Montoya Quiroga.
Se dispuso que el acusado permanezca en libertad por la modalidad de la condena y se le enumeraron las obligaciones que deberá cumplir durante dos años para conservar la prisión en suspenso.
El imputado fue denunciado por su pareja, por un hecho ocurrido en inmediaciones del playón polideportivo San Jorge de la localidad de El Carril. La mujer contó que una noche salió con el acusado a comprar algo para cenar y, en el negocio, se encontraron con una joven con quien él le había sido infiel. Al verla, ella le reclamó por un episodio ocurrido el día anterior, oportunidad en que la increpada le habría faltado el respeto a su madre. Ante esto, su pareja reaccionó empujándola e insultándola. Le dijo que si seguía haciendo problemas la iba a golpear y, efectivamente, le dio un puñetazo en la cara.
Entre las reglas de conducta que el condenado deberá cumplir se encuentran la obligación de mantener una actividad laboral lícita y de acuerdo a sus capacidades; someterse a tratamiento psicológico previo informe que acredite su necesidad y eficacia y presentar las constancias correspondientes; prohibición de ejercer actos de violencia física y psíquica en perjuicio de la damnificada, entre otras.
Se ordenó la extracción de material genético del condenado por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.