La jueza de Garantías 8, Claudia Puertas, hizo lugar a lo solicitado por la Asesora de Menores en una causa tramitada por el delito de grooming.
En ese sentido, ordenó al Nuevo Diario Salta y a los restantes medios de comunicación escritos, radiales, televisivos y redes sociales que se abstengan de realizar publicaciones referentes a la menor víctima, que tengan injerencia arbitraria en su intimidad, honor, imagen y dignidad con divulgación de sus datos personales.
La asesora había solicitado la medida ante la difusión de la identidad de la menor en las noticias y la fiscalía interviniente prestó su conformidad.
En su resolución dijo que ante un conflicto entre dos derechos constitucional y convencionalmente protegidos, es decir la libertad de prensa como tal, y los derechos a la intimidad, imagen y honor de una menor, debe primar el de aquellos que por su situación de vulnerables, tienen un lugar privilegiado por la Ley y por los Tratados Internacionales de Derechos Humanos de raigambre constitucional.