Javier Esteban Barranco (40) fue condenado en juicio abreviado a la pena de dos años de prisión efectiva como autor de los delitos de lesiones agravadas por mediar relación de pareja y por el género y desobediencia judicial (dos hechos), en concurso real.
El juez José Luis Riera, vocal de la Sala VI del Tribunal de Juicio, revocó la condicionalidad de una pena impuesta anteriormente a Barranco por la Sala VII y unificó ambas condenas en el monto de tres años de prisión de ejecución efectiva.
El juez ordenó la extracción de material genético del condenado para su inscripción en el Banco de Datos Genéticos, previa asignación del DUIG por el Registro provincial de condenados vinculados a delitos contra las personas y contra la integridad sexual.