A través de la Resolución 16/2020 el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social estableció una serie de modificaciones para el acceso al beneficio.
A través de la Resolución 16/2020 publicada en el Boletín Oficial del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social estableció una serie de modificaciones con respecto al alcance y las condiciones para acceder al Ingreso Familiar de Emergencia ( IFE).
La norma aclara que si una persona menor de 25 años pide el IFE pero sus padres tienen un trabajo en blanco, no podrá recibir la ayuda. Esto es porque sólo se paga un ingreso IFE por grupo familiar. Otro punto que se adicionó es que el organismo liderado por Fernanda Raverta le pedirá a la AFIP que haga las evaluaciones socioeconómicas y patrimoniales para determinar si una persona puede o no acceder al beneficio.
"El IFE se abonará a través de una transferencia bancaria en la cuenta del solicitante, siempre y cuando fuera posible este canal. En su defecto, el pago se gestionará a través de otras modalidades que Anses disponga", aclaró la resolución.
Requisitos para acceder al IFE
Entre los requisitos para el ingreso figuran tener entre 18 y 65 años; ser ciudadano argentino, residente o extranjero con dos años en Argentina; no percibir algún miembro de su grupo familiar, si lo hubiera, ingresos por (trabajo formal, monotributo en categoría C, prestación de desempleo, jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
También figura que ninguno del grupo familiar reciba planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los ingresos provenientes del Progresar. "Quedan liberados de cumplir los requisitos los titulares de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social y Asignación por Embarazo para Protección Social", aclaró la resolución.
Fuera de los planes también quedan los programas de empleo y capacitación laboral administrados por el Ministerio de Trabajo, salvo aquellos que dispongan beneficios o ayudas económicas que constituyan un complemento a cualquier tipo de retribución, los que sí quedan excluidos del IFE. Las mismas pautas y criterios generales se aplicarán para analizar la compatibilidad del IFE con planes sociales y programas de empleo otorgados por otras jurisdicciones.
"Las personas privadas de la libertad, bajo cualquier modalidad, no podrán acceder al IFE", ratificó el organismo.