Se abonará en abril pero podría repetirse si la cuarentena se extiende.
El Ingreso Familiar de Emergencia (EFI) que anunció el Gobierno nacional como parte de las medidas implementadas para paliar el efecto económico del aislamiento obligatorio por el coronavirus alcanzará a trabajadores informales, monotributistas inscriptos en categorías las categorías más bajas, A y B, y a las empleadas domésticas, entre otros.
Para que todas estas personas puedan acceder al IFE deben cumplir dos requisitos:
1) Ser argentino nativo o naturalizado y residente, con una residencia legal en el país no inferior a dos años.
2) Tener entre 18 y 65 años.
Cualquiera que reúna estas condiciones sólo podrá acceder al IFE siempre que él o algún miembro de su grupo familiar no perciban ingresos provenientes. O sea, estos son los casos que no se podrá cobrar:
a) de un trabajo en relación de dependencia público o privado.
b) de ser monotributista de categoría “C” o superior o del régimen de autónomos.
c) de una prestación de desempleo.
d) de jubilaciones, pensiones o retiros contributivos o no contributivos nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).
e) de planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los de la AU4H o Embarazo.
Cuándo se abonará
La IFE se abonará por única vez en abril, si bien podrá ser prorrogada en caso de ser necesario, y deberá ser solicitado ante la ANSES, que pondrá a disposición de las personas interesadas un formulario en los primeros días de ese mes.
Cómo se solicita
Para poder solicitar el IFE no hará falta concurrir a las oficinas o UDAI de la ANSES, ya que el aplicativo se podrá encontrar en la página Web del organismo previsional y llenar los datos que le sean requeridos a los solicitantes.
Por única vez
Este beneficio, excepcional y por única vez, se otorgará tras realizar evaluaciones socio económicas y patrimoniales sobre la baje de criterios objetivos que se fijen en su reglamentación, dijo la ANSES.
Las normas aclaratorias y complementarias serán dictadas, de ser necesarias, por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y por la propia ANSES, de acuerdo con el decreto que establece el IFE.
La financiación de este subsidio excepcional estará a cargo del Tesoro Nacional, por lo cual la Jefatura de Gabinete deberá prever las correspondientes adecuaciones presupuestarias para el ejercicio en curso.