Una jueza de Chaco hizo lugar este jueves a una medida cautelar presentada para suspender la recientemente sancionada Ley 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE).
Quienes solicitaron el amparo argumentaron que la norma debía declararse inconstitucional al sostener que la Constitución provincial garantiza el derecho “a la vida y a la libertad desde la concepción”, por lo que “debe primar la interpretación de la ley más favorable a la persona humana”.
La jueza Marta Beatriz Aucar de Trotti, a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº19 de Resistencia, habilitó la feria judicial y aceptó el planteo.
Sostuvo que la medida judicial es legítima ya que “el compromiso de la defensa de la vida desde la concepción” es competencia del Gobierno de Chaco junto con el Ministerio de Salud Pública provincial.
“Ante la presencia de los derechos difusos o colectivos, corresponde claramente una respuesta y control jurisdiccional colectivo y apropiado para garantizar la debida protección del bien jurídico invocado (en este caso, el derecho a la vida de los niños por nacer)”, remarcó.
En la medida cautelar, los solicitantes argumentaron que la ley de IVE “restringe, menoscaba, violenta, limita y altera la existencia del derecho a la vida del niño por nacer”.
Por eso, pidieron que la respuesta de la Justicia sea “rápida y eficaz”, ya que, en caso de demorarse, se pondrían en riesgo “a uno, dos, tres, cien o miles de niños y niñas chaqueñas, ante la amenaza real cierta y concreta de la entrada en vigencia de la norma, que favorecería el aborto libre”.