Se podrá ingresar al país cumpliendo los requisitos migratorios vigentes y los requisitos sanitarios. La flexibilización del ingreso al país es para argentinos, residentes en el país y extranjeros no residentes que viven en localidades fronterizas a una distancia no mayor de 50 kilómetros de corredores seguros terrestres.
El Gobierno nacional flexibilizó este jueves los requisitos para el ingreso al país de los argentinos, residentes en el país y extranjeros no residentes que viven en localidades fronterizas a una distancia no mayor de 50 kilómetros de los corredores seguros terrestres, en el marco la pandemia por coronavirus.
Por medio de la Decisión Administrativa 1103/2021, firmada por el jefe de Gabinete, Juan Manzur -publicada este jueves en el Boletín Oficial- el Gobierno aprobó la medida en el marco de las flexibilizaciones que viene adoptando debido al descenso de contagios.
La norma lleva también la firma de los ministros de Salud, Carla Vizzotti, y de Interior, Eduardo de Pedro.
Según indica la Decisión Administrativa, "los argentinos, las argentinas, los y las residentes en la República Argentina y las personas extranjeras no residentes domiciliadas en las localidades fronterizas situadas a una distancia no mayor a 50 kilómetros de los corredores seguros terrestres habilitados para el ingreso al territorio nacional o que se habiliten en un futuro, podrán ingresar al país cumpliendo los requisitos migratorios vigentes y los requisitos sanitarios".
Entre esas exigencias, se menciona la necesidad de "acreditar ante la autoridad migratoria su domicilio a una distancia no mayor a 50 kilómetros de los corredores seguros terrestres habilitados para el ingreso al territorio nacional o que se habiliten en un futuro con la documentación de viaje vigente".
También "deberán acreditar haber completado el esquema de vacunación con la última dosis aplicada al menos 14 días previos al ingreso, conforme el criterio definido por las autoridades sanitarias del país de vacunación, cumpliendo con los protocolos y controles de las provincias con pasos fronterizos terrestres habilitados como corredores seguros, según corresponda".
Asimismo, deberán contar con un test de antígenos realizado dentro de las 24 horas previas al ingreso al país y/o PCR realizado en el país de origen dentro de las 72 horas previas al inicio del viaje.
La norma aclara que "el costo del test al que se hace referencia quedará a cargo de la persona que ingrese al país".
Por otra parte, se establece que "las personas vacunadas con esquema completo y testeadas con resultado negativo estarán eximidas de realizar la cuarentena".