Los viajeros argentinos tienen que presentar documentación que avale la aplicación completa de alguna de las dosis aprobadas en Europa o autorizadas por la OMS.
Desde hoy España permite la entrada al país a los extranjeros que acrediten estar inmunizados con el esquema completo de alguna de las vacunas contra el coronavirus autorizadas por la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) o respaldadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Ellas son las de Pfizer, Moderna, AstraZeneca y Janssen, autorizadas por la EMA, o las chinas Sinopharm y Sinovac-Coronavac, con aval de la OMS.
Los viajeros deben acreditar además que la última dosis fue aplicada al menos 14 días antes de la entrada al país. Los nuevos requisitos fueron precisados en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Las nuevas resoluciones se conocieron cuando la Unión Europea está desarrollando el marco para la emisión, verificación y aceptación de certificados de vacunación, pruebas diagnósticas y recuperación, para facilitar la libre circulación entre estados miembros durante la pandemia. Para ello proyecta crear un certificado digital.
En tanto, los pasajeros que lleguen a España deben completar antes del viaje un formulario de control sanitario a través de la web o la aplicación Spain Travel Health.
Sin embargo, no pueden entrar en España los viajeros procedentes de Brasil, India y Sudáfrica ante la alta incidencia de las variantes de coronavirus surgidas en esos países.
Por otra parte, se permite la entrada en frontera a estudiantes que realicen sus estudios en los estados miembros o estados asociados Schengen y que dispongan del correspondiente permiso o visado para estancia de larga duración.
Las pruebas PCR
La normativa que entró en vigor este lunes tiene como novedad que admite las pruebas de antígenos rápidas aprobadas por la Unión Europea (UE) como certificado de diagnóstico, junto con las PCR, hasta ahora las únicas aceptadas.
Las pruebas diagnósticas de infección para SARS-CoV-2 admitidas son las de amplificación de ácido nucleico molecular (NAAT), utilizadas para detectar la presencia del ácido ribonucleico (ARN), y los test de antígeno incluidos en la lista común de test rápidos de detección de antígeno para la COVID-19, publicada por la Comisión Europea.
Se aceptan como válidos los certificados con resultado negativo expedidos en las 48 horas anteriores a la llegada a España y respecto a los certificados de recuperación, la validez finalizará a los 180 días de la toma de la muestra.
Qué pasa en otros países europeos
Actualmente la UE tiene una lista de solo ocho países que pueden realizar viajes no esenciales a territorio europeo. Ellos son Australia, Israel, Nueva Zelandia, Ruanda, Singapur, Corea del Sur, Tailandia y China. En tanto, para el resto, la situación varía de acuerdo con cada país.
En Italia, por ejemplo, solo se puede ingresar ante motivos precisos como exigencia de trabajo o estudio, motivos de salud, absoluta urgencia y regreso a su propio domicilio. Para esos casos hay una serie de requisitos adicionales, como tests de antígenos, una declaración jurada y 10 días de vigilancia sanitaria, según el sitio de la Cancillería italiana.
En el Reino Unido, las exigencias varían en Inglaterra, Irlanda del Norte, Escocia y Gales. Los requisitos se revisan cada tres semanas e incluyen una cuarentena y diversas pruebas, según el país de origen del viajero.
En Irlanda, los argentinos pueden ingresar con un resultado negativo de un test PCR realizado como máximo 72 horas antes de la entrada al país. Además, deberán cumplir con una cuarentena de 14 días.
Para el resto de los países europeos se aplican diferentes requisitos, aunque algunos, como Croacia, Polonia y Rumania, abrieron el ingreso a personas inmunizadas con vacunas aprobadas por la EMA, aunque con ciertas restricciones.